Un juez de Bogotá negó por improcedente la acción de tutela interpuesta contra la Agencia Nacional de Hidrocarburos por la aprobación de la cesión del bloque Sinú-9 y respaldó la actuación de la entidad. La decisión concluyó que la ANH respondió oportunamente los derechos de petición del accionante y actuó conforme a la ley en todas las etapas del trámite, sin que se configurara vulneración alguna de derechos fundamentales. El despacho también rechazó suspender el acto administrativo que avaló la cesión y declaró la carencia actual de objeto. El fallo reiteró que la tutela no puede usarse para reabrir procedimientos cerrados ni para perseguir intereses económicos. La Procuraduría y la Fiscalía coincidieron en que no hubo irregularidades, mientras que la ANH destacó que la justicia avaló la legalidad de su actuación en este proceso contractual. Descargar Fallo/Descargar comunicado
La CREG sometió a consulta pública un proyecto de resolución que busca establecer una nueva metodología de remuneración del margen minorista para la gasolina motor corriente, el ACPM-Diésel y sus mezclas con biocombustibles. El proyecto fija un margen máximo de $1,288.86 por galón para los distribuidores minoristas, destinado a cubrir inversiones en infraestructura, costos operativos y de mantenimiento, y gastos administrativos. Este valor se actualizará anualmente el 1 de febrero, utilizando los índices de Precios al Productor (IPP Industrial) y de Precios al Consumidor (IPC).
La ANH publicó un proyecto de norma que establece el precio promedio internacional del petróleo crudo Brent para el año 2025 en 67,73 USD/barril, acompañada de una tabla de percentiles de precios promedio mensuales. Esta medida responde a lo ordenado por el numeral 2 del parágrafo 3 del artículo 240 del Estatuto Tributario, modificado por la Ley 2277 de 2022. El objetivo principal es determinar los puntos adicionales que deberán sumar al impuesto sobre la renta las empresas dedicadas a la extracción de petróleo crudo (CIIU-0610). Los valores, incluyendo los percentiles 30, 45 y 60 (70,56; 77,50; 82,05 USD/barril respectivamente), fueron calculados con datos de la Administración de Información Energética de Estados Unidos (EIA) y deflactados con el Índice de Precios al Consumidor de ese país. La resolución busca asegurar la correcta aplicación de las obligaciones fiscales del sector para el próximo año.
El Proyecto de Resolución establece la metodología para remunerar el margen del distribuidor mayorista de Gasolina Motor Corriente (GMC) y ACPM-Diésel, incluyendo sus mezclas con biocombustibles. Este margen se fija en $382,75 por galón para ambos combustibles, cubriendo inversiones en infraestructura, costos de operación y mantenimiento, y gastos de administración y ventas. Se actualizará anualmente cada 1 de junio usando el Índice de Precios del Productor (IPP OI Industrial) para inversiones y el Índice de Precios al Consumidor (IPC) para costos operativos, con base en mayo de 2025. Adicionalmente, se reconoce un valor de $5,59/gal por concepto de "lleno de línea". El proyecto, actualmente en consulta pública, busca regular económicamente la cadena de distribución de combustibles líquidos.
La DIAN anunció ajustes para los impuestos nacionales a la gasolina, ACPM y al carbono, con vigencia a partir del primer día 1 de febrero. La medida, de carácter anual, busca actualizar estos gravámenes conforme a la variación de los precios al consumidor del periodo anterior. La resolución impacta las tarifas de la gasolina corriente y extra, el ACPM, y las mezclas con biocombustibles, que conservan su estado exento. También se establecen nuevas tarifas para el archipiélago y para combustibles de uso marítimo. El impuesto al carbono experimenta un reajuste que sigue las directrices legales, buscando reflejar el umbral establecido por la Unidad de Valor Tributario. Estos cambios afectarán los precios finales de los combustibles en todo el país.