Consejo de Estado no admitirá el control inmediato de legalidad de la Resolución 747 de 20 de marzo de 2020, proferida por el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, que fijó una tarifa $0 por la prestación del servicio de parqueo para aquellas aeronaves que no se encuentren activas u operando de las empresas colombianas de transporte público de pasajeros, que operen en el Aeropuerto Internacional Rafael Núñez de Cartagena.
El corredor Bucaramanga –Barrancabermeja – Yondó (BBY), concesionado por la Agencia Nacional de Infraestructura, reinició labores el pasado 27 de abril cumpliendo todos los protocolos de bioseguridad. El proyecto cuenta actualmente con un avance del 55%, su inversión asciende a $2,69 billones y se prevé su finalización en 2022.
Consejo de Estado no avocará conocimiento de la Resolución núm. 746 de 20 de marzo de 2020, suscrita por el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, AEROCIVIL “[…] Por medio de la cual se establece una medida transitoria para los servicios de parqueo de aeronaves en el Aeropuerto Internacional Ernesto Cortissoz de Barranquilla […]”; en el marco del medio de control inmediato de legalidad
Consejo de Estado rechazar el control inmediato de legalidad de la Resolución 745 de 20 de marzo de 2020, proferida por el director general de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil sobre contrato de concesión entre entre la AEROCIVIL y la Sociedad Concesionaria Aerocali S.A (Aerocali S.A.),
Consejo de Estado no asumirá el conocimiento del control automático de legalidad de la Resolución número 00744 de 20 de marzo de 2020, expedida por el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, sobre el derecho de parqueo de aeronaves en cualquier punto de las plataformas de las terminales de pasajeros.