El presente proyecto busca establecer que, el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales del Mercado de Energía Mayorista (ASIC), en su calidad de Administrador de la Subasta, dará aplicación al Reglamento con los procedimientos operativos y técnicos del Administrador de la Subasta para asignación de Obligaciones de Energía Firme (OEF), que presentó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas. Dicho Reglamento lo puede consultar en los documentos anexos al presente proyecto.
El proyecto presentado por la CREG buscaría adoptar medidas para prevenir el abuso de la posición dominante de los generadores que participan en la bolsa de energía y la consecuente formación de un precio de bolsa ineficiente durante la ocurrencia del Fenómeno de El Niño en el período 2023-2024. Estas medidas aplicarían a los agentes que realicen las actividades de generación y comercialización en el Sistema Interconectado Nacional (SIN), al Centro Nacional de Despacho (CND) y al Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) y estaría vigente hasta el 30 de abril de 2024.
A través de este proyecto de norma se busca Artículo aprobar el Reglamento con los procedimientos operativos y técnicos del Administrador de la Subasta para asignación de Obligaciones de Energía Firme. “El Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales del Mercado de Energía Mayorista (ASIC), en su calidad de Administrador de la Subasta, dará aplicación al Reglamento con los procedimientos operativos y técnicos del Administrador de la Subasta para asignación de Obligaciones de Energía Firme (OEF), que presentó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas y que se publica anexo a esta resolución”.
A través del presente proyecto se busca prorrogar hasta el 30 de junio de 2027 la vigencia de las fórmulas, variables y disposiciones que se establecen en la Resolución CREG 03 del 14 de enero de 2021, para que los prestadores del servicio público domiciliario de energía eléctrica y los prestadores del servicio público domiciliario de distribución de gas combustible por red de tubería calculen los subsidios al consumo de los usuarios residenciales de estrato 1 y 2.