La Procuraduría General de la Nación aclaró que, "en razón de la conexidad inescindible que existe entre la Ley 2098 de 2021 y el Acto Legislativo 01 de 2020, la cual se manifiesta en que aquella tiene como objetivo principal el desarrollo legal de este último, el cuerpo normativo acusado en esta ocasión debe entenderse derogado tácitamente y, en consecuencia, no procede un pronunciamiento de fondo por parte de la Corte Constitucional en torno a la demanda de la referencia."Y en tal sentido, el Ministerio Público le solicita a la Corte Constitucional que profiera un fallo INHIBITORIO frente a la demanda de la referencia contra la Ley 2098 de 2021, en tanto que sobre la misma operó el fenómeno de inconstitucionalidad sobreviniente”.
El ministerio Público consideró que las normas demandadas (artículo 19 y 359.2 del E.T.) no son contrarias a los principios de igualdad y equidad tributaria, pues no otorgan un tratamiento desigual e iguales. Lo anterior porque no es posible establecer un “tertium comparationis” entre las cajas de compensación familiar y las EPS e IPS, que lleve a asimilarlas en el pago del impuesto sobre la renta.
A través del presente concepto, el Ministerio Público le solicita a la Corte Constitucional que profiera un fallo inhibitorio ante la ineptitud sustantiva de la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por los accionantes en contra los artículos 530 y 533 de la Ley 906 de 2004, "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal".
"Para la Procuraduría el uso del vocablo "uterino" por el legislador en el artículo 54 del Código Civil es contrario al contenido axiológico humanístico que caracteriza la Constitución Política de 1991, pues dado su origen en un contexto patriarcal y su significado natural, se constituye en un factor de discriminación hacía las mujeres, así como de desigualdad entre hermanos."
Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Corte Constitucional que profiera un fallo inhibitorio frente a la demanda contra la Ley 2098 de 2021, “en tanto que sobre la misma operó el fenómeno de inconstitucionalidad sobreviniente. Lo anterior debido a la reviviscencia de la prohibición expresa de prisión perpetua consagrada en el texto original del artículo 34 de la Carta
La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Constitucional que declare la exequible del numeral 3º del artículo 1025 del Código Civil, bajo el entendido que comprende también a los familiares con parentesco civil hasta el sexto grado inclusive. la Procuraduría advierte que el Congreso de la República incurrió en una omisión legislativa relativa al expedir el numeral 3º
El Ministerio Público le solicitó a la Corte Constitucional que declare exequible el artículo 240 de la Ley 1955 de 2019, "por el cual se expide el PND 2018-2022. La Entidad indicó que la norma demandada es conforme a la Carta Política, “por cuanto se trata de un ejercicio razonable de la libertad de configuración del legislador en materia de seguridad social, el cual, aunque
La Procuraduría General de la Nación indicó a través del presente concepto solicitó a la Corte Constitucional que profiera un fallo inhibitorio ante la ineptitud sustantiva de la demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra los artículos 530 y 533 de la Ley 906 de 2004, relacionados con la selección de distritos judiciales y la vigencia de la norma, contenida en el Código de
A través del presente acto administrativo se solicita, por medio del Ministerio Público a la Corte Constitucional que declare la exequibilidad del artículo 130 de la Ley 1955 de 2019, "Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2022. Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad", que trata sobre la Contribución especial para laudos arbitrales de contenido económico.
La Procuraduría consideró que “la norma demandada es un ejercicio razonable de la referida libertad de ordenación legislativa, porque, en primer lugar, busca optimizar el principio constitucional de eficiencia en la prestación del servicio de salud. En efecto, el modelo de presupuesto máximo anticipado está dirigido a "racionalizar la deuda del sistema de salud con las