Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

SP-Sala Plena

SP-Sala Plena (635)

Para la Sala, la Resolución 919-2020, expedida por el ICETEX, “lo que busca es dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Legislativo 467 de 2020 y en el Decreto 662 de 2020 e incorporar al presupuesto de la entidad, específicamente, al Fondo Solidario para la Educación, los recursos susceptibles de pertenecer a ese fondo, con el fin de continuar con la ejecución del Plan de  Auxilios Educativos creados por el Decreto 467 de 2020,

Con ponencia del magistrado Guillermo Sánchez Luque, la Sala Especial de Decisión del Consejo de estado declaró ajustada al ordenamiento superior la Resolución 20201000010485-2020, expedida por la SSPD, “en relación con el examen formal y material realizado en este control inmediato de legalidad”.

La Sala sostuvo que “estos recursos se transfieren al patrimonio autónomo del fondo Francisco José de Caldas, pero aclaró que no pueden ser utilizados para financiar cualquier actividad de ciencia, tecnología e innovación, sino que solo pueden destinarse a los programas definidos en el respectivo contrato o convenio que se haya celebrado con la entidad pública o privada aportante”.

La Ministra de Transporte formuló una consulta a la SCSC del Consejo de Estado sobre algunos interrogantes respecto del registro contable de los hechos económicos relacionados con los acuerdos de concesión de infraestructura aeroportuaria. En el concepto, la Sala considera que “de conformidad con las resoluciones 582 y 602 de 2018, expedidas por la Contaduría General de la Nación,

La Sala revisó el control inmediato de legalidad de la Resolución No. 1774-2020, «Por la cual se definen los perfiles ocupacionales para el reconocimiento económico por una única vez, en favor del talento humano en salud que preste sus servicios a pacientes con sospecha o diagnóstico de coronavirus COVID-19, la metodología para el cálculo del monto y el mecanismo de giro

Para la Sala, en relación con el parágrafo transitorio del artículo 1 del decreto 676-2020, “que establece que las ARL deben asumir los costos que se deriven de las pruebas