Se demandaron parcialmente los artículos 2 y 7 de la Ley 1270 de 2009, por la cual se crea la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol. Los apartes demandados contemplan la participación de un delegado de las barras de equipos organizadas en la Comisión Nacional y en las comisiones locales de seguridad y convivencia con voz, pero sin voto.