El concepto indica que sobre la limitación que encuentran las personas que han cumplido con una condena, el convenio C111 de la OIT, fue ratificado por Colombia, donde establece, como formas de discriminación, cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivo de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia u origen social, así como cualquier otra distinción, exclusión o preferencia que anule o altere la igualdad de oportunidades del empleo.