Esta decisión la adoptó la Corte en marzo de este año y el texto de la providencia acaba de estar disponible. La Corporación declaró exequible, el artículo 296 de la Ley 1955 de 2019 (PND 2018-2022). El artículo se refiere a la “matriz energética” complementaria, resiliente y comprometida con la reducción de emisiones de carbono, los agentes comercializadores del Mercado de Energía
Mayorista estarán obligados a que entre el 8 y el 10% de sus compras de energía provengan de fuentes no convencionales de energía renovable, a través de contratos de largo plazo asignados en determinados mecanismos de mercado que la regulación establezca”.
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