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SSPD: Actos celebrados por las empresas restadoras de servicios públicos se rigen por el derecho privado

Escrito por  May 06, 2020

Independiente de la naturaleza de los aportes, los actos de las empresas de servicios públicos domiciliarios estarán regidos por el derecho privado, de esta manera,

materias como la laboral, comercial y /o contractual, en principio, estarán al amparo del derecho privado y, en todo caso, y de ser aplicable, en el marco de lo establecido en los correspondientes estatutos, ya que, si bien se indica en la consulta que los aportes en su totalidad son públicos, lo cierto es que, por ejemplo, el régimen laboral, obedecerá a la naturaleza jurídica de las entidades accionistas.

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