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Reiteración de la sentencia de unificación jurisprudencial del Consejo de Estado en cuanto al hecho generador de la participación en el efecto plusvalía

Escrito por  May 24, 2021

“En observancia de la regla de unificación, la participación en plusvalía solo se genera a partir de la norma contentiva de la acción urbanística de la cual derivaron cambios en el

uso de suelo, o mayores condiciones de aprovechamiento del mismo permitiendo una mayor área edificada”. La providencia cita el artículo 8 de la Ley 388 de 1997, que establece que “las acciones urbanísticas son decisiones administrativas de las entidades distritales y municipales que se refieren al ordenamiento del territorio y la intervención en los usos del suelo y que genera mayor valor para el inmueble o aprovechamiento del suelo, las cuales deben estar contenidas o autorizadas en los planes de ordenamiento territorial o en los instrumentos que los desarrollen o complementen, en los términos previstos en la ley”.

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