mediante la cual se decretó la expropiación parcial de una franja de terreno y de un local comercial. Para la Sala, incumbe al actor acreditar la calidad de propietario del inmueble objeto de la expropiación, y que analizados los documentos anexos a la demanda se observa que este no se encuentra legitimado para solicitar la indemnización de los supuestos daños ocasionados al inmueble ubicado en la calle 30 No. 38-62, ya que la certificación de la Cámara de Comercio aportada, solo lo acredita como propietario del establecimiento de comercio que funciona en el inmueble, más no, de la titularidad de este último, pues tal documento no es el idóneo para comprobar el dominio del mismo.