Sección Segunda de la misma corporación, que dejó sin efectos la providencia anterior y dispuso el reintegro del magistrado Rojas Ríos, como resultado de la acción de tutela interpuesta por dicho funcionario”.
La ministra de Justicia preguntó a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, “sobre la forma como debe contabilizarse el periodo para el cual fue elegido el doctor Alberto Rojas Ríos como magistrado de la Corte Constitucional, a raíz de la sentencia dictada por la Sección Quinta del Consejo de Estado, que declaró la nulidad de su elección, y el fallo emitido, más adelante, por la
Sección Segunda de la misma corporación, que dejó sin efectos la providencia anterior y dispuso el reintegro del magistrado Rojas Ríos, como resultado de la acción de tutela interpuesta por dicho funcionario”.