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SSPD aclara que no existe normativa que conceda beneficios para la prestación de servicios públicos a los Centros Regionales para Victimas

Escrito por  Jun 17, 2020

En la actualidad no existe ninguna norma que le conceda algún beneficio especial en materia de prestación de servicios públicos a los Centros Regionales para Victimas (CRAV), por lo que la facultad de suspender el servicio a estos en caso de incumplimiento del contrato de servicios públicos se apega a la Ley, sin perjuicio de que el prestador deba analizar si el ejercicio de esta comporta la vulneración de derechos constitucionales en favor de las víctimas de la guerra en Colombia.

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