La Corporación pronunció “sobre el alcance de la garantía del debido proceso en el derecho sancionatorio y sus diferencias con el derecho penal. Finalmente, se pronunció sobre el cargo presentado por el demandante”.
“La Corte Constitucional declaró exequible la expresión “podrán” contemplada en el artículo 77 de la Ley 23 de 1981, que le otorga al profesional instructor o el profesional acusado la facultad de escoger si acuden o no a la defensa por medio de abogados titulados (defensa técnica)”.
La Corporación pronunció “sobre el alcance de la garantía del debido proceso en el derecho sancionatorio y sus diferencias con el derecho penal. Finalmente, se pronunció sobre el cargo presentado por el demandante”.