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SSPD: Todos los contratos celebrados pro empresas prestadoras se regirán bajo las reglas del derecho privado

Escrito por  Jun 05, 2020

De conformidad con el régimen de los servicios públicos domiciliarios, los contratos que celebren las prestadoras de servicios públicos se someterán a las reglas del derecho privado, salvo las excepciones constitucionales y legales.

Cuando un municipio presta directamente un servicio público domiciliario, a través de una de sus dependencias (secretarías, oficinas, unidades administrativas especiales, entre otras), el régimen jurídico aplicable a los contratos que estas celebren para prestar los servicios a su cargo será el derecho privado, es decir, no se sujetará al Estatuto General de Contratación Pública salvo que así lo disponga la Ley.

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