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SSPD se pronuncia respecto a la obligatoriedad del Macromedidor para la medición de consumos

Escrito por  Jun 04, 2020

De acuerdo con el principio de medición individual, de ser técnicamente posible cada inmueble deberá contar con instrumentos de medición individual.

En el caso de edificios o unidades inmobiliarias cerradas podrá existir un medidor de control inmediatamente aguas abajo de la acometida. Deben existir medidores individuales en cada una de las unidades habitacionales o no residenciales que conforman el edificio o las unidades inmobiliarias o áreas comunes. De no ser técnicamente posible la medición individual del consumo de áreas comunes, se debe instalar un medidor general en la acometida y calcular el consumo de las áreas comunes como la diferencia entre el volumen registrado por el medidor general y la suma de los consumos registrados por los medidores individuales.

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