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SSPD no tiene competencia para aprobar o no modificaciones tarifarias

Escrito por  Mar 15, 2021

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios carece de competencia para aprobar tarifas o modificaciones tarifarias, sin perjuicio de que pueda verificar, en virtud de las funciones que le han sido asignadas en el artículo 79 de la Ley 142 de 1994, la correcta aplicación de aquellas que haya determinado para el servicio de que se trate, la respectiva Comisión Reguladora.

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