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Texto del decreto por medio del cual se dictan medidas para garantizar el orden público en la localidad de Kennedy durante el estado de emergencia sanitaria

Escrito por  Jun 01, 2020

Se limita la libre circulación de vehículos y personas en la localidad de Kennedy entre las cero horas (00:00 a.m.) del día lunes 01 de junio de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del lunes 15 de junio de 2020.

De la medida se exceptúan las actividades de abastecimiento y adquisición de alimentos, productos farmacéuticos, de salud, y de primera necesidad. Para su adquisición podrá desplazarse exclusivamente una sola persona por núcleo familiar; Prestación de los servicios administrativos, operativos o profesionales de los servicios públicos y privados de salud; Cuidado institucional o domiciliario de mayores, personas menores de 18 años, dependientes, enfermos, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, y de animales; Orden público, seguridad general y atención sanitaria; y para atender asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad, circunstancias que deberán ser acreditadas en caso que la autoridad así lo requiera. Así mismo se informa que la circulación de personas que presten el servicios de atención y emergencias médicas y aquellos destinados a la atención domiciliaria de pacientes, siempre y cuando cuenten con plena identificación de la institución prestadora de servicios a la cual pertenecen.

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