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SSPD: Empresas prestadoras del servicio de gas deben instalar el servicio en un lapso no mayor a 30 días hábiles

Escrito por  May 26, 2020

Entre los cobros que puede llevar a cabo una empresa prestadora de gas domiciliario, se encuentra un cargo por aportes de conexión el cual podrá cubrir los costos involucrados en la conexión del usuario al servicio.Entre los cobros que puede llevar a cabo una empresa prestadora de gas domiciliario, se encuentra un cargo por aportes de conexión el cual podrá cubrir los costos involucrados en la conexión del usuario al servicio.

    

También podrá cobrarse cuando, por razones de suficiencia financiera, sea necesario acelerar la recuperación de las inversiones en infraestructura, siempre y cuando estas correspondan a un plan de expansión de costo mínimo. Se establece que, los prestadores del servicio de distribución de gas natural dispondrán como máximo de treinta (30) días hábiles para conectar el servicio en instalaciones nuevas; término que se contará a partir del momento en que el usuario haya pagado los derechos correspondientes.

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