Se notificará personalmente, o mediante mensaje de datos al buzón electrónico dispuesto para notificaciones judiciales, al Director Ejecutivo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, al Ministro de Minas y Energía y al Director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado o a quien haya delegado la facultad de recibir notificaciones y al señor agente del Ministerio Público, conforme a lo previsto en el artículo 199 del CPACA, modificado por el artículo 612 del CGP.