En ese sentido, aun en la coyuntura actual, el restablecimiento del servicio de gas sigue estando supeditado a la cancelación de los consumos facturados dejados de pagar, o a la decisión de la empresa de servicios públicos de hacerlo voluntariamente. Así las cosas, en el evento en que la suspensión del servicio de gas en el barrio Belencito hubiese tenido por causa la falta de pago, no se puede ordenar a EFIGAS que restablezca el servicio de los usuarios que se encuentran en mora en el pago de sus facturas. Esto, se reitera, en la medida que, de acuerdo con la normatividad vigente, no existe una obligación exigible a la prestadora del servicio en tal sentido.