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Consejo de Estado revocó sentencia que declaró nulo acto del Municipio de San Vicente del Caguán, que resolvió negativamente una solicitud de la suspensión de cobro y devolución de los dineros pagados por concepto de ICA y Transporte de Hidrocarburos

Escrito por  Feb 01, 2021

La Sala “observa que el actor realizó operaciones de transporte de hidrocarburos entre los años 2012 a 2015, por lo que se le practicaron retenciones de ICA por la empresa Emerald Energy y también practicó retenciones de ICA por servicios que le fueron prestados”. El acto demandado es respuesta a una solicitud de devolución del impuesto de ICA, que el actor pagó en

declaraciones de retenciones en los periodos mencionados en San Vicente del Caguán, y en el que se concluyó que era responsable de su pago. “La Sala advierte que, en el presente caso, no procede la devolución del ICA pagado por el actor al municipio de San Vicente del Caguán, debido a que no se evidencia en el expediente, que el demandante haya realizado pago de regalías a dicho municipio, por lo que, en relación con el criterio de la sentencia de esta Sala antes enunciada, que se reitera, su actividad de transporte de hidrocarburos se encuentra gravada con el mencionado impuesto”.

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 15:56