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Consideraciones para el cambio de naturaleza jurídica del prestador de servicios públicos domiciliarios

Escrito por  Jul 23, 2020

El cambio de naturaleza jurídica del prestador de servicios públicos domiciliarios, exige diferentes requisitos para su constitución dependiendo del tipo de persona que se pretenda adoptar para su prestación.

Existen diversas formas de constitución o tipo de personas legitimadas para prestar los servicios públicos domiciliarios, sin hacer distinción alguna sobre atribuciones, exigencias o exenciones especiales, según la naturaleza del prestador. A las personas habilitadas les corresponde la prestación de servicios públicos domiciliarios, sin hacer reparo o distinción alguna en cuanto a requisitos adicionales en función al tipo de prestador. De ahí que todas las personas señaladas se sujeten –sin distinción- a las exigencias legales y regulatorias que deben cumplir en relación con el servicio público domiciliario que prestan: energía eléctrica, acueducto, alcantarillado, aseo y gas combustible.

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