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A través de concepto la SSPD reitera que contratos de empresas prestadoras se rigen bajo el derecho privado

Escrito por  Ene 18, 2021

A través de un concepto la SSPD reitero que, los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994, establecieron que, por regla general, el régimen de actos y contratos de las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios es el derecho privado. Razón por la cual no puede la entidad exigir que los contratos celebrados sean sometidos a su aprobación.

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