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¿Qué requisitos exige la CGR para cambiar acuerdos protocolizados en consulta previa?

Escrito por  Jun 26, 2026
La CGR aclaró que los acuerdos protocolizados en consulta previa son vinculantes y cualquier modificación, como sustituir obras por entrega directa de recursos económicos al Resguardo Indígena (PROY-0160), exige la participación y consentimiento de todas las partes. La CGR no se pronuncia sobre la viabilidad específica de tales cambios, pues ello recae en las competencias administrativas, técnicas y financieras del Instituto Nacional de Vías, evitando la coadministración. No obstante, enfatiza que la ejecución previa de recursos en actividades como estudios, por sí misma, no constituye un detrimento patrimonial, para lo cual se requiere daño y nexo causal con conducta dolosa o culposa. Toda decisión debe asegurar la adecuada gestión y destino de los recursos públicos.
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Modificado por última vez en Jueves, 25 Junio 2026 20:19