Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

DIAN aclara criterios de retención en la fuente para operaciones de factoring

Escrito por  Mar 19, 2026

La Entidad hizo claridades sobre la retención en la fuente aplicable a las operaciones de factoring, tanto con recurso como sin recurso. La entidad enfatiza que el factoring es un mecanismo de financiación, y el descuento o menor valor que recibe el factor se considera un rendimiento financiero. Este rendimiento está sujeto a retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta, salvo que la operación implique la adquisición de un título valor, caso en el cual aplica una excepción legal. Para el cedente, el pago por la enajenación de cartera generalmente constituye un reembolso de capital, no sujeto a retención. La DIAN reitera que los rendimientos financieros derivados de estas operaciones son ingreso gravable para el factor, sin distinguir entre modalidades.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Miércoles, 18 Marzo 2026 22:17