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Sala de Consulta del Consejo de Estado precisó que Colombia Compra Eficiente es la autoridad competente para responder peticiones sobre impugnación de la inscripción de proponentes en el RUP

Escrito por  Mar 16, 2026

La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado resolvió un conflicto negativo de competencias surgido tras un derecho de petición presentado por un ciudadano sobre el procedimiento para impugnar la inscripción de proponentes en el Registro Único de Proponentes (RUP), particularmente en lo relacionado con la tasación de la caución exigida para ese trámite. El caso surgió porque varias entidades -entre ellas el Ministerio de Comercio, la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, el Departamento Nacional de Planeación y la Superintendencia de Sociedades— se declararon incompetentes para responder de fondo. Tras analizar el marco normativo de la contratación estatal, la Sala concluyó que la materia corresponde al ente rector del sistema de compras públicas, por lo que declaró competente a Colombia Compra Eficiente, en coordinación con el DNP, para atender la consulta y evaluar si se requieren lineamientos o ajustes en la política pública sobre el procedimiento de impugnación del RUP.

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Modificado por última vez en Domingo, 15 Marzo 2026 18:08