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Dentro de la experiencia como requisito habilitante, ¿cuál es la diferencia conceptual entre la experiencia general y la experiencia específica?: Colombia Compra responde

Escrito por  Mar 03, 2026

Colombia Compra subrayó que la experiencia es un requisito habilitante fundamental, entendida como el conocimiento adquirido por los proponentes en actividades previas, iguales o similares al objeto contractual. Las entidades estatales gozan de autonomía para definir la experiencia requerida, basándose en estudios de sector y análisis de riesgo. La acreditación de esta experiencia se realiza principalmente a través del Registro Único de Proponentes (RUP), mediante la inscripción de contratos o certificados codificados conforme al clasificador de bienes y servicios, verificando así que el proponente ha ejecutado objetos similares a los buscados. Aunque no existe una definición legal concreta de "experiencia específica", este concepto es una exigencia discrecional de las entidades para solicitar un grado mayor de concreción y precisión en la experiencia del proponente, diferenciándose de la experiencia general que permite una acreditación más amplia. La experiencia es personal, aunque puede compartirse en figuras asociativas o transferirse, pero no si la persona que la adquirió desaparece o se liquida.

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Modificado por última vez en Lunes, 02 Marzo 2026 21:13