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Este es el comunicado oficial de la Corte que declaró inexequibles los mecanismos de contratación directa para asociaciones público populares incluidos en el PND 2022-2026

Escrito por  Mar 02, 2026

La Corte Constitucional declaró inexequibles los artículos 100 y 101 de la Ley 2294 de 2023 PND- 2022-2026 al concluir que, aunque superaban el examen de unidad de materia por su relación instrumental con los objetivos del plan, vulneraban la reserva de ley en materia de contratación estatal y desbordaban los límites de la potestad reglamentaria del Gobierno. Según la Sala Plena, el artículo 100 creaba un nuevo evento de contratación directa basado en un criterio subjetivo —la pertenencia a la economía popular— sin definir con precisión sus destinatarios ni establecer los elementos estructurales exigidos por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, cuya regulación corresponde al Congreso; por su parte, el artículo 101 diseñaba una modalidad contractual autónoma —las asociaciones de iniciativa público popular— excluyéndola del régimen ordinario y remitiendo aspectos esenciales al reglamento, lo que implicaba delegar en el Ejecutivo la definición de materias sometidas a reserva legal, como capacidades, condiciones, riesgos y alcance del vínculo contractual. Descargar comunicado de la Corte

Modificado por última vez en Lunes, 02 Marzo 2026 10:48