La CRA define la facturación en los servicios públicos domiciliarios como el proceso mediante el cual el prestador liquida, registra y comunica al usuario los valores a pagar por el servicio prestado en un período determinado, a través de la factura. Esta comprende los cargos autorizados por la ley y la regulación, principalmente el cargo fijo y el cargo por consumo o prestación del servicio, además de otros conceptos permitidos por la metodología tarifaria vigente. La Comisión precisó que la facturación total incluye los valores correspondientes a subsidios y contribuciones, dado que estos hacen parte integral de la estructura tarifaria y deben reflejarse en la factura. Asimismo, aclaró que la facturación directa realizada por el prestador forma parte del total facturado, pues corresponde a ingresos derivados de la prestación del servicio.