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MinAmbiente hizo claridad sobre la suspensión y terminación anticipada del procedimiento sancionatorio ambiental por corrección y/o compensación

Escrito por  Ene 28, 2026

 El Ministerio de Ambiente hizo precisiones sobre la suspensión y terminación anticipada de procedimientos sancionatorios ambientales. Esta medida, prevista en la Ley 1333 de 2009 y sus modificaciones, permite detener un proceso sancionatorio si el presunto infractor propone y ejecuta soluciones para corregir o compensar un daño o afectación ambiental. La cartera ambiental enfatiza que esta opción es aplicable exclusivamente cuando la infracción ha generado un deterioro o alteración tangible del medio ambiente, y no solo por el incumplimiento de una norma sin impacto directo. Por ejemplo, la gestión inadecuada de residuos de construcción y demolición, aunque es una infracción, solo calificará para esta suspensión si se demuestra que ha causado contaminación al aire, agua o suelo.

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Modificado por última vez en Martes, 27 Enero 2026 20:38