Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

SSPD absolvió preguntas relativas a la calidad del agua y la función sancionatoria de la Entidad

Escrito por  Nov 05, 2025

La Entidad destaca que es obligación de los prestadores garantizar la calidad y continuidad del servicio de acueducto, suministrando agua apta para consumo humano, conforme a los parámetros químicos, físicos y microbiológicos establecidos en la normatividad vigente. La responsabilidad recae en el proveedor hasta las acometidas prediales, mientras que dentro de las instalaciones internas corresponde al usuario mantener condiciones sanitarias adecuadas. Ante incumplimientos, la Superservicios puede iniciar investigaciones administrativas y aplicar sanciones según lo previsto en el artículo 81 de la Ley 142 de 1994. Además, cualquier ciudadano puede denunciar irregularidades para que se activen dichos procesos. La entidad orienta a consultar normativa, jurisprudencia y conceptos a través de su portal oficial.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Martes, 04 Noviembre 2025 19:15