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Facturación por promedio solo es válida cuando la medición del consumo real resulta imposible: SSPD

Escrito por  Nov 05, 2025

La SSPD aclara que la facturación basada en la medición real del consumo es un derecho fundamental de los usuarios, siendo el consumo el elemento principal para determinar el precio del servicio. En casos de fallas operativas, manipulación o vandalismo en los medidores, se debe garantizar la medición mediante micro medidores individuales y medidores totalizadores en edificios multifamiliares con más de 12 unidades. La facturación por promedio está permitida solo cuando no sea posible medir razonablemente el consumo, aplicando consumos históricos o de usuarios similares. El fraude justifica sanciones y no exime al usuario de pagar el servicio. La Superservicios reitera que la empresa debe cumplir con estas normas, garantizando el debido proceso y derechos del consumidor, y advierte que una facturación sin medición real o exoneración de pagos es improcedente y sujeta a control y sanciones

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Modificado por última vez en Martes, 04 Noviembre 2025 19:14