La SSPD aclaró que la Circular Externa 44 del 17 de enero de 2025 busca orientar sobre la facturación conjunta y cobros no inherentes al servicio público domiciliario, sin imponer nuevas obligaciones regulatorias. La generación de códigos de pago independientes en la factura para cobros no asociados es una recomendación basada en buenas prácticas, no una obligación jurídica, y su incumplimiento no conlleva sanciones específicas. Respecto a la autorización "expresa y escrita" del usuario, la SSPD interpreta que no es necesario un documento físico; puede demostrarse mediante medios digitales o electrónicos que evidencien la voluntad del usuario, asegurando trazabilidad y autenticidad, conforme al Decreto 828 de 2007. Esto respeta la eficiencia, adaptación tecnológica y protección de los derechos de los usuarios.