La CREG aclaró que el listado de Organismos de Inspección Acreditados para la revisión periódica de instalaciones internas de gas, según la normativa, debe estar actualizado, ser público en la web del distribuidor o a solicitud del usuario. Aunque la regulación no especifica todos los datos, se recomienda incluir información básica de contacto. Los distribuidores no pueden limitar la cantidad de organismos ni favorecer monopolios, solo incluir a quienes estén acreditados y cumplan con requisitos.