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Corte ordenó suprimir datos personales de quienes son procesados penalmente y cumplen con su pena, con el fin de proteger los derechos a la intimidad y habeas data

Escrito por  Ago 14, 2025

La Corte determnó que los antecedentes penales son datos personales negativos cuya permanencia tras la extinción de la pena vulnera los derechos al buen nombre, intimidad y habeas data. Mantener dichos datos en sistemas públicos luego de cumplida la condena implica el tratamiento de información desactualizada e inexacta, que puede ser consultada por personas sin interés legítimo, afectando la reputación y oportunidades laborales del titular. La publicidad judicial debe limitarse a la vigencia del proceso, cediendo frente al derecho a la intimidad una vez cumplida la pena. Por ello, se ordena la supresión de dichos datos en plataformas judiciales para garantizar la protección constitucional y evitar estigmatización injusta.

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Modificado por última vez en Miércoles, 13 Agosto 2025 19:49