El Ente de Control explicó que la regulación para la creación de veedurías ciudadanas está establecida principalmente en la Ley 850 de 2003, que define a las veedurías como mecanismos democráticos que permiten a los ciudadanos o organizaciones civiles vigilar la gestión pública en proyectos o programas con recursos públicos. Pueden ser constituidas por un número plural de ciudadanos o por organizaciones civiles sin ánimo de lucro, quienes eligen democráticamente a sus veedores y formalizan su creación mediante documento escrito que consigne objeto, nivel territorial, duración y datos de los integrantes. Las veedurías tienen personería jurídica desde su inscripción en Cámara de Comercio. Su función es vigilar procesos administrativos, contratación, ejecución técnica y calidad de obras o servicios públicos, con facultades amplias para controlar la gestión pública, pero siempre respetando derechos de terceros y el normal funcionamiento de la administración.