El Decreto reglamentó los artículos 35, 38, 39, 40, 40-1, 41, 81, 81-1 y 118 del Estatuto Tributario en materia de interés presunto y componente inflacionario. Establece que para el año gravable 2025, se presume un rendimiento mínimo anual del 9,25% por préstamos entre sociedades y sus socios o accionistas, según la tasa DTF vigente al 31 de diciembre de 2024. Reglamenta el cálculo del componente inflacionario de rendimientos financieros, determinándolo como la tasa de inflación certificada por el DANE (5,20% para 2024) dividida por la tasa de captación más representativa del mercado (10,22% para 2024), conforme a los artículos 40-1, 41, 81 y 81-1 del Estatuto Tributario.