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Corte Constitucional prohíbe ofertas de internet que limiten la libertad de elegir contenidos y protege la neutralidad de la red

Escrito por  Jun 20, 2025

 La Corte Constitucional declaró inconstitucional una parte del artículo 56 de la Ley 1450 de 2011 porque viola la libertad de expresión, el pluralismo informativo y el principio de neutralidad de la red. Esto significa que los proveedores de internet no pueden hacer ofertas que prioricen ciertos contenidos o aplicaciones, ya que eso limita la libertad de los usuarios para elegir lo que quieren ver o usar en internet. La decisión busca garantizar que el acceso sea igualitario y sin discriminaciones, protegiendo así derechos fundamentales en el entorno digital. Además, se advierte que esta medida debe considerarse en el contexto socioeconómico colombiano, donde el acceso a internet aún es limitado y costoso para muchos.

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Modificado por última vez en Jueves, 19 Junio 2025 20:09