La Corte Constitucional recordó que ninguna trabajadora puede ser despedida durante el periodo de lactancia sin autorización previa del Ministerio de Trabajo, el cual puede extenderse hasta dos años tras el parto si se demuestra que la mujer continúa amamantando. Además, declaró que implementar salas de lactancia en los lugares de trabajo es esencial para garantizar el derecho al trabajo y la compatibilidad entre maternidad y labores, por lo que exhortó a los ministerios respectivos a establecer incentivos económicos y reglamentar estas salas, asegurando condiciones de privacidad, higiene y seguridad.