organización de su cobro y destino que juzgue más conveniente para atender dicho servicio. En este sentido, dentro del principio de autonomía territorial, le corresponde al Concejo Municipal, identificar los sujetos pasivos objeto del tributo, determinar la base gravable y tarifas, y regular otros elementos como la acusación, periodicidad y mecanismos de recaudo. Más detalles los puede conocer consultando el documento publicado por la entidad.