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El contratista puede solicitar la actualización de precios, incluso sin fórmula de reajuste, si demuestra que la variación ocurrió después del contrato, afectó gravemente sus costos, no fue previsible y fue causada por factores ajenos: CE

Escrito por  Ene 15, 2025

La Corporación ha establecido que, aunque un contrato estipule precios unitarios sin reajuste, el contratista puede solicitar la actualización de precios si demuestra que la variación afectó el equilibrio económico del contrato, surgió después de su firma, impactó negativamente la estructura de costos, no fue previsible y fue causada por circunstancias ajenas. Sin embargo, en el caso del contrato 612 de 2013, no se presentaron causas imprevisibles que justificaran la transición de vigencias. Las razones de las suspensiones y extensiones del plazo se debieron a factores previsibles, como el clima y el suministro de materiales, por lo que el contratista debía gestionar estos riesgos. Además, no hay evidencia suficiente de que la variación de precios causara un desequilibrio financiero significativo, ya que solo se refiere a insumos específicos sin demostrar su impacto general. Por lo tanto, dado que los retrasos son atribuibles al contratista y no hay pruebas de afectación grave, no tiene derecho a reclamar sobrecostos por la transición de vigencias.

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