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¿Deben las Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos (SEDPE) cumplir con la Circular de la SuperSociedades para prevenir la corrupción, a pesar de estar vigiladas por la Superintendencia Financiera?

Escrito por  Ene 17, 2025

Las Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos (SEDPE) no están obligadas a cumplir con la Circular Externa 2021-01-488877 de la Superintendencia de Sociedades. Esto se debe a que las SEDPE están bajo la supervisión de la Superintendencia Financiera de Colombia, que es la entidad encargada de su inspección, vigilancia y control. La Circular mencionada se aplica a las entidades que están bajo la supervisión de la Superintendencia de Sociedades, y dado que las SEDPE tienen un marco regulatorio específico establecido por la Ley 1735 de 2014, su cumplimiento con dicha circular no es requerido. Sin embargo, es importante que las SEDPE implementen sus propios mecanismos de prevención y control de riesgos de corrupción, adaptados a su contexto y regulaciones específicas, para asegurar la transparencia y la ética empresarial en sus operaciones. Esto contribuirá a fortalecer la confianza en el sistema financiero y a mitigar riesgos asociados a la corrupción.

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