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Obligaciones de pago de la tasa por uso y tasa retributiva por vertimientos puntuales en servicios de acueducto y alcantarillado según la CRA

Escrito por  Ene 23, 2025

La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) precisa que todas las personas, tanto naturales como jurídicas, que utilicen el recurso hídrico están obligadas a pagar la tasa por utilización del agua, según el artículo 2.2.9.6.1.3. del Decreto 1076 de 2015. Esta tasa se aplica a los usuarios que utilizan el agua, independientemente de si cuentan con una concesión.

Además, la tasa retributiva por vertimientos puntuales se define como el cobro que realiza la autoridad ambiental competente a los usuarios por el uso del recurso hídrico como receptor de vertimientos, ya sean directos o indirectos. Esta tasa se aplica a la carga contaminante descargada y no implica la legalización de vertimientos que excedan los límites permisibles. Ambas tasas son parte de las obligaciones que tienen las empresas de acueducto y alcantarillado en su operación y facturación a los usuarios.

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