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¿Cuáles son los plazos, contenidos necesarios y acciones a seguir para la aprobación de actas del máximo órgano social?: SuperSociedades

Escrito por  Ene 28, 2025

La Entidad aclara que el plazo para que el secretario remita el acta de una reunión ordinaria es de 30 días, conforme al artículo 21 de la Ley 222 de 1995. Este plazo se aplica a actas de reuniones no presenciales y decisiones por escrito. En cuanto al contenido del acta, debe incluir detalles como lugar, fecha, asistentes, asuntos tratados y decisiones adoptadas, según el artículo 431 del Código de Comercio.

Si existen desacuerdos entre los comisionados designados para su aprobación, y no pueden llegar a un consenso, el acta debe someterse nuevamente a consideración del máximo órgano social para su aprobación. La firma de los comisionados, junto con las del presidente y secretario, es esencial para la validez del acta como medio probatorio de los eventos registrados. Estos procedimientos son fundamentales para garantizar la transparencia y validez de las decisiones adoptadas en las reuniones.

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