La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) aclara que, según la Resolución CREG 101 026 de 2022, no existe un requisito obligatorio para que los prestadores de servicios adquieran pólizas de aseguramiento para soluciones solares fotovoltaicas individuales. Aunque se menciona una prima anual de aseguramiento de inversiones (PAI) del 0,5117%, esto no implica que sea obligatorio contratar una póliza específica. La CREG enfatiza que los prestadores tienen la libertad de elegir cómo gestionar los riesgos asociados a la prestación del servicio. Además, se reconoce que las vidas útiles de los componentes en el modelo de cálculo son utilizadas solo con fines regulatorios y no como exigencias tecnológicas. En respuesta a la dificultad de obtener pólizas en zonas rurales, la CREG sugiere que se evalúen alternativas para abordar esta problemática, dado que la falta de cotizaciones por parte de aseguradoras no debe ser un impedimento para la prestación del servicio.