El Consejo de Estado analiza la figura del contrato llave en mano, que implica que el contratista asume la responsabilidad total de un proyecto de obra, desde su concepción hasta su entrega final. Este tipo de contrato se caracteriza por la obligación del contratista de ejecutar la obra de manera integral, lo que incluye el diseño, suministro de materiales, transporte y la ejecución de las obras civiles necesarias. En este contexto, se establece la modalidad de pago a precio global fijo, donde el contratante paga una suma única que cubre todos los costos directos e indirectos, así como las utilidades esperadas por el contratista. Esta modalidad implica que el contratista no puede reclamar sumas adicionales, asumiendo el riesgo de cualquier variación en los costos de ejecución. Además, el valor pactado no contempla el pago por obras ajenas al objeto convenido ni la compensación por incumplimientos, lo que refuerza la responsabilidad del contratista en la correcta ejecución del contrato. Así, el contrato llave en mano busca establecer un equilibrio en la asignación de riesgos y responsabilidades entre las partes involucradas.