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¿Cuáles son las condiciones y regulaciones que rigen la celebración y renovación de contratos de prestación de servicios?: Colombia Compra

Escrito por  Dic 04, 2024

Los contratos de prestación de servicios son aquellos que celebran las entidades estatales para actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Solo pueden celebrarse con personas naturales cuando las actividades no pueden realizarse con personal de planta o requieren conocimientos especializados. Estos contratos se celebran a través de la modalidad de contratación directa, independientemente de la cuantía y del tipo de servicio, siempre que su objeto no sea la consultoría. La duración de los contratos de prestación de servicios debe ser temporal y solo puede celebrarse por un "término estrictamente indispensable".

No generan relación laboral ni prestaciones sociales, lo que significa que el contratista debe mantener autonomía e independencia en la ejecución de la labor. Para la celebración de estos contratos, no se requiere expedir un acto administrativo de justificación de la contratación directa, y el contratista no necesita estar inscrito en el Registro Único de Proponentes (RUP). La renovación de un contrato de prestación de servicios implica la celebración de un nuevo contrato con características similares al anterior, pero bajo condiciones diferentes. Si persiste la necesidad de los servicios y la insuficiencia de personal de planta, se puede considerar la celebración de un nuevo contrato, cumpliendo con todos los requisitos necesarios. Se pueden incluir cláusulas excepcionales en los contratos, como la caducidad, modificación, interpretación o terminación unilateral, siempre que se pacten expresamente.

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Modificado por última vez en Martes, 03 Diciembre 2024 20:55