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¿Qué criterios y procedimientos que deben seguir las entidades estatales para limitar las convocatorias de contratación a MIPYMES nacionales y territoriales?: Colombia Compra

Escrito por  Dic 03, 2024

Colombia Compra en el presente concepto indicó que la entidad debe limitar la convocatoria a MIPYMES colombianas si se cumplen ciertos requisitos, como que al menos dos MIPYMES presenten una solicitud formal para limitar el proceso contractual. Esta solicitud debe hacerse al menos un día hábil antes de la apertura del proceso. La entidad tiene la facultad, pero no la obligación, de limitar la convocatoria a MIPYMES domiciliadas en el municipio o departamento donde se ejecutará el contrato, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2.2.1.2.4.2.3 del mismo decreto. Esto implica que la decisión de limitar territorialmente debe estar justificada por estudios del sector que demuestren la existencia de un número significativo de MIPYMES en la zona.

Cualquier decisión de limitar la convocatoria debe estar respaldada por un análisis del sector que justifique la necesidad de la limitación territorial. La entidad debe asegurarse de que hay suficientes MIPYMES en el área para que la limitación tenga sentido. Si se reciben solicitudes para limitar la convocatoria tanto a MIPYMES nacionales como a MIPYMES territoriales, la entidad debe priorizar la limitación a MIPYMES nacionales, ya que esta es obligatoria si se cumplen los requisitos. La limitación territorial es opcional y debe ser evaluada en función de la justificación presentada.

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Modificado por última vez en Lunes, 02 Diciembre 2024 21:50