En el presente concepto la SSPD explica el marco normativo que busca equilibrar los derechos y obligaciones de los prestadores de servicios y los usuarios, garantizando un proceso justo y transparente en la gestión de los servicios públicos domiciliarios. Indicando entre otros aspectos que las facturas de servicios públicos domiciliarios son consideradas títulos ejecutivos, lo que significa que tienen un valor legal que permite su cobro a través de procesos ejecutivos ante la jurisdicción ordinaria o mediante jurisdicción coactiva, especialmente para las empresas industriales y comerciales del Estado (EICE).
Los prestadores de servicios deben garantizar el derecho al debido proceso a los usuarios, lo que incluye el derecho de defensa y de contradicción antes de proceder con la suspensión o corte del servicio por deudas. Las deudas derivadas de las facturas prescriben en un término de cinco años a partir de su exigibilidad. Si no se realiza ninguna acción de cobro durante este tiempo, el usuario puede alegar la prescripción ante un juez entre otros aspectos incorporados en el documento.
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